Es la apertura de la Cuenta Bancaria Fiscal, una obligación de todo trabajador por cuenta propia, práctica que se extiende en la actualidad a los artistas, e intelectuales, comunicadores sociales, usufructuarios de tierras agrícolas estatales, propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierras y otros productores individuales de alimentos de origen animal o vegetal.

Con la publicación de la Resolución 245 del Ministerio de Finanzas y Precios, en la Gaceta Oficial Ordinaria No 106 del 2023, quedó establecida la obligatoriedad de aperturar y operar una cuenta bancaria fiscal, en pesos cubanos en una sucursal de un banco comercial cubano, la que surtirá a todos los efectos legales y del control tributario.

De la misma forma, la norma establece que podrán ser consideradas cuentas bancarias fiscales, las cuentas corrientes habilitadas por los contribuyentes referidos, tanto en pesos cubanos y en moneda libremente convertible, para las operaciones comerciales autorizadas en el país; igual condición tendrá las cuentas corrientes en moneda libremente convertible, habilitadas posteriormente a la emisión de la resolución.

El documento legal fija un plazo de 180 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial,  para abrir o reconocer la referida cuenta. De manera que ya venció el plazo para que todas las figuras obligadas cumplan con lo legislado y declaren  ante la ONAT el acatamiento del deber formal.

En Caimanera, se estiman que deberán realizar el trámite alrededor de 87 contribuyentes, de ellos más de 20 artistas y poco más de 65 usufructuarios de tierra. Para materializar lo legislado pueden acudir directamente a la sucursal bancaria de la localidad, Bandec 8852, portando para ello el RC-05, documento de Identificación Tributaria (NIT) y solicitar el servicio. También podrán acceder a efectuar la apertura de la cuenta a través del Transfermóvil.

La medida se atempera a las condiciones actuales en el proceso de bancarización, estableciendo igualdad de condiciones de estos trabajadores independientes con respecto a los Trabajadores por Cuenta Propia. De manera este segmento de contribuyentes podrá explotar las bondades de la práctica con la utilización más eficaz de la tecnología.

Una vez efectuada podrá operar desde cualquier lugar y plataforma sus ingresos, logrando mayor transparencia, administrar sus finanzas. Al tiempo que podrá realizar operaciones relacionadas con la actividad que realiza entre ellas pago los tributos, pagos de servicios, explotar el  pago en Línea ó código QR. Entre otros beneficios.

El incumplimiento de la operatoria de las cuentas bancarias fiscales, constituye una infracción tributaria sancionable conforme a la legislación tributaria vigente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *